Bloqueo de cuentas tras un fallecimiento: tiempos reales
🔹 Introducción
Tras el fallecimiento de una persona, una de las primeras dudas de familiares y herederos es qué ocurre con sus cuentas bancarias. El bloqueo de las cuentas es una práctica habitual, pero los plazos reales y los requisitos no siempre son claros.
🔹 ¿Por qué se bloquean las cuentas bancarias?
Las entidades financieras bloquean las cuentas cuando tienen conocimiento del fallecimiento para evitar disposiciones indebidas y proteger el patrimonio del causante hasta que se identifique a los herederos.
🔹 ¿Cuándo se produce el bloqueo?
El bloqueo no es automático en el mismo momento del fallecimiento. Normalmente ocurre cuando:
- Un familiar comunica el fallecimiento y aporta el certificado de defunción.
- El banco recibe notificación por canales internos o cruces de datos oficiales.
Una vez comunicado, el bloqueo suele aplicarse en un plazo de 24 a 72 horas.
🔹 Tiempos reales para disponer del dinero
Identificación de herederos
Para avanzar en el desbloqueo, el banco exigirá el certificado de últimas voluntades (solicitable a partir de los 15 días hábiles desde el fallecimiento) y el testamento o la declaración de herederos.
Gestión de la herencia
Hasta que no se acredite la aceptación y, en su caso, la partición de la herencia, el banco no permitirá la libre disposición del saldo. En la práctica, el acceso completo a los fondos puede demorarse varias semanas o incluso meses.
🔹 ¿Se puede usar el dinero para gastos urgentes?
En muchos casos sí. Algunas entidades permiten disposiciones limitadas para gastos funerarios u otros gastos necesarios, siempre que se justifiquen y se acredite la relación con el fallecido.
🔹 Documentación habitual exigida por el banco
- Certificado literal de defunción.
- Certificado de últimas voluntades.
- Testamento o declaración de herederos.
- Documentación identificativa de los herederos.
- Escritura de aceptación y partición de herencia (si procede).
🔹 Consejos prácticos
- Solicitar cuanto antes el certificado de últimas voluntades.
- Consultar al banco la posibilidad de anticipos para gastos urgentes.
- Revisar si existen cuentas compartidas o seguros con beneficiarios designados.
🔹 Conclusión
El bloqueo de cuentas tras un fallecimiento es un trámite normal y legalmente justificado. Con una correcta gestión de la documentación y asesoramiento adecuado, es posible reducir los tiempos de espera y evitar problemas innecesarios en la tramitación de la herencia.
Si te encuentras en esta situación y necesitas orientación jurídica, consultar con un profesional puede ayudarte a agilizar el proceso y evitar errores. Puedes contactar con Clara Rey para estudiar tu caso concreto.
Preguntas frecuentes
¿El banco puede bloquear una cuenta sin avisar?
Sí. Una vez tiene constancia del fallecimiento, puede bloquear la cuenta sin previo aviso para proteger los fondos.
¿Qué pasa con las cuentas con varios titulares?
El banco suele bloquear al menos la parte correspondiente al fallecido hasta aclarar la titularidad y los derechos de los herederos.
¿Cuánto tarda realmente el desbloqueo?
Depende de la rapidez en aportar la documentación y de la complejidad de la herencia. Lo habitual es un plazo de varias semanas a varios meses.